El 1 de mayo entró en vigor Acuerdo de Seguridad Social entre Eslovaquia y EEUU

El 1 de mayo entró en vigor Acuerdo de Seguridad Social entre Eslovaquia y EEUU

Desde el pasado 1 de mayo entró en vigor el Acuerdo de Seguridad Social entre Eslovaquia y EEUU, según el cual la persona que haya trabajado en este último país, a la hora de solicitar su jubilación, podrá pedir que se le reconozcan los aňos para los que abonó a la entidad encargada de la seguridad social en EEUU.

Esto quiere decir que se le reconocerá la pensión a aquellas personas que en el momento de jubilarse no cumplían el período exigido pero que se ajustan a él si se toman en cuenta los aňos trabajados en EEUU. La República Eslovaca sólo pagará la cuota correspondiende a los aňos que aparecen bien documentados.

Asimismo, el acuerdo reabre la posibilidad de revisar algunas solicitudes de jubilación sobre los que la Aseguradora Social ya había emitido dictamen. Se trata de casos en los que, sin tomar en cuenta los aňos que el solicitante trabajó en EEUU, la solicitud había sido rechazada por no ajustarse a los requerimientos del período de jubilación.

Si el afiliado, desde Eslovaquia, desea solicitar su retiro basándose en este nuevo acuerdo, tendrá que ponerse en contacto con la sucursal de la Aseguradora Social que abarca la zona donde éste tiene establecida su residencia permanente. El solicitante, asesorado por el empleado de dicha sucursal, rellenará el impreso correspondiente.

Si el afiliado reside en EEUU, es necesario que se dirija a la entidad aseguradora pertinente y rellene el impreso “Solicitud de jubilación para personas residentes en EEUU“, que aparece en el sitio web de la Aseguradora Social.

La entidad aseguradora norteamericana, por razones técnicas, atenderá estas solicitudes sólo a partir del 25 de agosto de 2014.

 

José Portuondo

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