Entre los países que ya han adoptado la mencionada convención, basada en los tratados bilaterales, se encuentran Argentina, Belize, Brasil, Canadá, Chile, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Estados Unidos, Uruguay y Venezuela. El principal objetivo de la convención consiste en la cooperación entre los estados miembros para asegurar una mejor administración de justicia mediante la rehabilitación social de las personas sentenciadas. Las diferencias culturales, el carácter del ambiente social, el modo de vida y la mentalidad local son factores que juegan un importante papel a la hora de facilitar la rehabilitación misma. En el caso de que los condenados se encuentren en países distintos al de su origen, tendrán la oportunidad de cumplir su condena en el país del cual son nacionales siempre cuando otorguen expresamente su consentimiento al traslado. Además, se tendrá en cuenta la gravedad del delito, en su caso, sus antecedentes penales, su estado de salud, y los vínculos familiares o sociales en el Estado sentenciador y en el Estado receptor. Los gastos relacionados con el traslado de la persona sentenciada correrán por parte del Estado que lo sentenció hasta el momento de la entrega del recluso para su custodia. Luego, desde el momento en que quede bajo custodia del Estado receptor, éste se hará cargo de todos los gastos.
Eslovaquia ratificará formalmente la Convención en el caso de que sea aprobada por el Parlamento eslovaco y firmada por el presidente Andrej Kiska. Sólo después Eslovaquia podrá gestionar el traslado de los prisioneros compatriotas que cumplan condenas en cárceles extranjeras.